SINGLE POST

PERIODIFICACIÓN DE GASTOS

PERIODIFICACIÓN DE GASTOS A FINAL DE AÑO

Al cerrar la contabilidad, hay que tener presente la periodificación a final de año.  No olvide computar los gastos en el ejercicio correcto.

Según las normas contables (Plan General de Contabilidad), los gastos deben computarse en el ejercicio en el que se devengan, con independencia de la fecha en la que se paguen. Por tanto, al cerrar las cuentas de su empresa, no olvide realizar los ajustes contables necesarios para que se cumpla este principio.

Diferentes tipos de gastos en la periodificación al cierre contable a final de año.

  • Gastos anticipados. Es posible que en el ejercicio que se cierra haya contabilizado algunos gastos que deban imputarse parcial o totalmente al ejercicio siguiente. Por ejemplo, primas de seguros que cubren parte del año siguiente, cuotas pagadas por adelantado por servicios  que podrá disfrutar durante una parte del año próximo…
  • Gastos diferidos. También puede suceder lo contrario: que existan gastos que ya se hayan devengado —y que, por tanto, puede contabilizar—, pero que no consten en contabilidad porque su pago no es exigible hasta el próximo año. Por ejemplo, pagas extras devengadas pero todavía no pagadas, intereses de préstamos o aplazamientos, los propios gastos de auditoría de las cuentas…

Y no se olvide que …

Existe un tratamiento contable específico para reflejar este tipo de gastos. Nuestros profesionales pueden ayudarle en la periodificación de gastos a final de año y a cerrar las cuentas del ejercicio para que éstas reflejen la imagen fiel de su empresa.

Nuestros asesores estudiarán su caso y le informarán sobre los pasos a seguir para salvaguardar su actuación como administrador o sobre sus derechos como socio. En Asempreses somos profesionales en el asesoramiento fiscal, asesoramiento laboral, asesoramiento jurídico y asesoramiento financiero. Nos puede encontrar de lunes a viernes en el teléfono (961 702 604 – 629 212 720) o si lo prefiere puede enviar un correo a la dirección dpfiscal@asempreses.com o dplaboral@asempreses.com.