Si lo desea, puede aplazar el pago del IRPF.
Si el resultado de su declaración del IRPF resulta a ingresar y no desea pagar ahora toda la cuota, recuerde que puede acogerse al fraccionamiento que ofrece Hacienda en la propia declaración. En ese caso, podrá satisfacer un 60% de la cuota a pagar hasta el próximo 30 de junio. Respecto al 40% restante, podrá abonarlo hasta el día 6 de noviembre de 2023, sin tener que pagar intereses ni aportar garantías.
No obstante, sepa que también puede aplazar la cuota del IRPF como el resto de los impuestos y solicitar un aplazamiento mayor. En ese caso:
- El aplazamiento ya no será gratuito, sino que, en general, deberá satisfacer un interés de demora del 4,0625% anual.
- Si el importe que desea aplazar supera los 50.000 euros (por sí solo o junto con otras deudas tributarias que ya tenga aplazadas), deberá aportar garantías.
Si desea aplazar el pago de su IRPF, consúltenos. Le asesoraremos sobre la opción que más le convenga y le ayudaremos con las gestiones que deban llevarse a cabo.
En Asempreses somos profesionales en el asesoramiento fiscal, asesoramiento laboral, asesoramiento jurídico y asesoramiento financiero. Nos puede encontrar de lunes a viernes en el teléfono (961 702 604 – 629 212 720) o si lo prefiere puede enviar un correo a la dirección dpfiscal@asempreses.com o dplaboral@asempreses.com.